La Consejería de Sanidad publicará este sábado en el Folleto Oficial de la Comunidad de la villa de Madrid (BOCM) la orden para ampliar los horarios hasta la 01:00 en bares, restoranes, cines, teatros, auditorios y locales desde el próximo lunes.

De este modo lo ha detallado este viernes el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-diecinueve de la Comunidad de la capital española, Antonio Zapatero, y la directiva general de Salud Pública, Elena Andradas, a lo largo de su comparecencia para actualizar la información sobre la situación epidemiológica en la zona.

En lo que se refiere al campo de la hostelería y de la restauración, la hora de cierre va a ser a la 01:00 mas deberán dejar de aceptar clientes del servicio desde las 00:00.

El aforo dentro de los locales va a quedar sin cambios, esto es, al cincuenta por ciento , incluyendo los salones de banquetes y se sostendrá el aforo al setenta y cinco por ciento en el exterior. En lo concerniente a la ocupación dentro de los locales se va a pasar de 4 a 6 comensales por mesa y de 6 a 8 en el exterior.

En lo que se refiere a los establecimientos minoristas, centros comerciales y mercadillos el aforo se sostiene en un setenta y cinco por ciento y se suprimen las limitaciones horarias, que hoy día eran desde las 06:00 hasta las 23:00. Además de esto, se suprime la suspensión de nuevas autorizaciones para festejar espectáculos o bien actividades de ocio de carácter excepcional.

Los lugares en los que estos se desarrollen sostienen una limitación del cincuenta por ciento de su aforo aunque se eleva el número máximo de asistentes a siete mil, anterior evaluación del peligro y autorización por la parte de la Dirección General de Salud Pública.

En lo relativo a los locales de juego, apuestas y casinos el horario de cierre va a ser asimismo a la 01:00 y el aforo se sostendrá al cincuenta por ciento .

Por otra parte, sobre las instalaciones deportivas y gimnasios el horario de cierre se ampliará desde las 23:00 hasta las 00:00 y el aforo se sostendrá al cincuenta por ciento .

De la misma forma, sobre los parques recreativos infantiles, la Consejería de Sanidad eleva el aforo del cuarenta por ciento al cincuenta por ciento . En referencia a los lugares de culto y liturgias religiosas o bien civiles, la nueva Orden altera el aforo y se eleva del cincuenta al setenta y cinco por ciento .

Por otro lado, en lo relativo a las fuentes de agua que se hallan en los parques y también instalaciones deportivas ya están de nuevo libres para su empleo público.

Ventilación en los establecimientos

La Consejería de Sanidad aconseja fortalecer a los establecimientos abiertos al público que garanticen una ventilación conveniente. De esta manera, se recomienda a los titulares de los establecimientos medir la calidad del aire, preferiblemente en los instantes de mayor afluencia, con la utilización de medidores de CO2.

Caso de que la concentración de CO2 supere las mil partes por millón, se van a deber adoptar medidas como acrecentar la ventilación o bien reducir el aforo hasta el momento en que se ubique bajo este indicador.

En este sentido, la Comunidad de la capital de España va a arrancar una prueba conduzco con veinte establecimientos de hostelería y de otros campos para controlar el nivel de CO2 dependiendo del aforo y la ventilación.

La Consejería de Sanidad establecerá, del mismo modo, las condiciones a fin de que los municipios de la zona que cuenten con zonas de baño interior puedan pedir su apertura excepcionalmente, adoptando las medidas de prevención frente al COVID-diecinueve incluidas en el Plan de Actuación requerido.