Campaña de la Renta y Patrimonio 2022: Últimos días para hacer la declaración

La Campaña de la Renta y Patrimonio 2022 llega a su fin este 30 de junio, pero antes de eso, los contribuyentes tienen solo dos días para confeccionar sus declaraciones correspondientes al ejercicio pasado.
Es importante tener en cuenta que para aquellos que tengan declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, la campaña ya concluyó el pasado martes 27 de junio.
Se espera que este año se presenten un total de 22.899.000 declaraciones del IRPF, un 3,4% más que el año anterior. De estas, se prevé que aproximadamente el 60% tengan derecho a devolución, lo que supone un ligero descenso del 2% en comparación con el año anterior, con una estimación de 9.946 millones de euros.
La Agencia Tributaria espera ingresar un total de 16.448 millones de euros, un aumento del 5,6% con respecto al año anterior, mientras que el importe a devolver disminuirá en un 2,4%, llegando a los 9.946 millones.

‘Le Llamamos’: Una opción para los contribuyentes menos familiarizados con la tecnología

Además de la presentación en línea a través de la página web de la agencia y la aplicación móvil, aquellos contribuyentes menos familiarizados con las nuevas tecnologías pueden optar por el plan ‘Le Llamamos’, el cual proporciona asistencia personalizada mientras se evita la asistencia presencial en las oficinas.
Este plan comenzó el pasado 5 de mayo y estará disponible hasta el final de la campaña. Permite a los contribuyentes menos familiarizados con la tecnología recibir una llamada de la Agencia Tributaria, acelerando así el proceso de presentación y eventualmente la devolución correspondiente.
Una vez que el contribuyente solicita una cita, ya sea a través de internet o por teléfono, y elige el horario preferido, el sistema le asigna un día y una hora para recibir la llamada de la Agencia Tributaria.
Es conveniente que el contribuyente tenga toda la información y documentación necesaria a mano cuando reciba la llamada, con el fin de agilizar el servicio.

Excepciones y obligaciones en la declaración de la renta

En general, no están obligados a presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes cuyas rentas provienen exclusivamente del trabajo y no superan los 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce en casos donde los rendimientos proceden de más de un pagador o cuando los pagos no están sujetos a retenciones y se aplican tipos fijos de retención. En estos casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Al igual que el año anterior, tampoco están obligados a presentar la declaración aquellos contribuyentes que tengan rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios, entre otros), siempre y cuando el límite conjunto sea de 1.000 euros y las pérdidas patrimoniales sean inferiores a 500 euros.
También es importante recordar que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración según la normativa vigente.