Un crimen sin resolver por 19 años
La juez de Instrucción número 21 de Madrid ha decidido llevar a juicio a Jesús Pradales por el asesinato de Juana Canal, vecina de Ciudad Lineal. Este crimen se resolvió casi dos décadas después de su desaparición en el año 2003.
En un auto al que Europa Press tuvo acceso, la magistrada ha dictado la apertura de juicio oral, marcando así el fin de la fase intermedia del procedimiento penal. Las actuaciones serán trasladadas a la Audiencia Provincial de Madrid para su enjuiciamiento.
La decisión sigue a una audiencia preliminar celebrada la semana pasada, donde tanto el fiscal como la acusación particular, representada por el letrado Juan Manuel Medina, solicitaron este paso previo a la vista oral. La defensa, por su parte, pidió el sobreseimiento alegando incumplimiento de los plazos procesales durante la instrucción.
El abogado defensor busca la invalidez de las diligencias realizadas después del 23 de noviembre de 2020, incluyendo la detención de Pradales y su declaración ante la jueza.
En octubre de 2022, Jesús Pradales declaró ante la jueza que la víctima le había amenazado con clavarse un cuchillo durante una discusión. Sostuvo que ella falleció de forma accidental después de que él la golpeara para evitar una agresión.
El crimen se resolvió cuando en mayo de 2019 se localizaron los huesos de la víctima en una finca en Ávila, lo que llevó a la detención de Pradales en octubre del mismo año. Aunque los restos fueron hallados en 2019, la familia no fue informada hasta junio de 2022.
Después de la detención, un juez de Ávila ordenó la prisión provisional de Pradales pero se inhibió a favor de los juzgados de Madrid, argumentando que los hechos delictivos ocurrieron en el partido judicial de la capital.
Delito de homicidio con agravante de parentesco
La fiscalía ha solicitado 15 años de cárcel para Jesús Pradales, imputándole un delito de homicidio con la agravante de parentesco. Mientras tanto, la familia de la víctima, representada por el letrado Juan Manuel Medina, ha pedido la misma pena de prisión, añadiendo la circunstancia agravante de género.
En un giro de los acontecimientos, el abogado defensor de Pradales sostiene que del relato de los hechos proporcionado por su cliente no se desprende la comisión del delito de homicidio formulado por la acusación.
Argumenta que no hay evidencia de actividad delictiva por parte de Jesús Pradales, por lo que no debería imponerse ninguna pena. No obstante, de forma subsidiaria, solicita que se consideren las atenuantes de confesión y dilaciones indebidas en caso de que se imponga una pena por homicidio.
Las discrepancias entre las partes involucradas en el juicio plantean un escenario complejo para la resolución del caso. La petición de la familia de agregar la agravante de género refleja una creciente sensibilidad hacia la violencia de género en el ámbito judicial, mientras que la defensa busca desacreditar la acusación basándose en la versión de los hechos proporcionada por el acusado.
El juicio promete poner de manifiesto argumentos legales contrastantes y, eventualmente, determinar la pena que Jesús Pradales podría enfrentar en relación con el trágico asesinato de Juana Canal en 2003.
La defensa solicita la nulidad de las diligencias
El letrado de la defensa de Jesús Pradales ha solicitado la nulidad de las diligencias realizadas después del 23 de noviembre de 2020, argumentando que el plazo de tramitación de la causa, declarado compleja en septiembre de 2019, expiró sin prorroga alguna.
La defensa sostiene que la falta de validez y nulidad de las diligencias a partir de esa fecha es innegable, ya que no se emitió una resolución que extendiera el período de instrucción. Esto, según la defensa, conlleva la falta de validez y nulidad de todas las actuaciones acordadas después del 23 de noviembre de 2020.
La versión de los hechos presentada por la defensa difiere significativamente de la de las acusaciones. Según la narrativa de la defensa, Jesús Pradales y Juana Canal tuvieron una discusión la noche del 22 al 23 de febrero de 2003 en su residencia en la calle Bolmano de Madrid.
Según la defensa, Juana Canal era «consumidora adicta a alcohol y pastillas y se encontraba bajo procesos depresivos». Tras la discusión, una patrulla de la Policía Nacional se presentó en el lugar, pero, según la versión de la defensa, concluyó que no era necesaria su intervención.
La defensa sostiene que, después de la discusión, y con la intención de Jesús Pradales de abandonar la vivienda, Juana comenzó a agredirle. Jesús, en un intento de protegerse, extendió su brazo derecho para apartarla, sin la intención de causarle daño grave o la muerte. Sin embargo, Juana perdió la estabilidad, cayó al suelo y falleció instantáneamente debido al impacto.
Ante el temor de ser acusado de causar intencionadamente la muerte, Jesús Pradales, según la versión de la defensa, ocultó el cuerpo de Juana Canal en la localidad de Navalacruz, sin revelar lo sucedido a nadie.
Las divergencias entre las versiones presentadas en el juicio y la solicitud de nulidad de diligencias añaden un elemento de complejidad al caso, que está en proceso de determinar la verdad detrás de la muerte de Juana Canal en 2003.