Ministerio de Consumo: Sanciona a aerolíneas por incumplimiento en el servicio al cliente

El Ministerio de Consumo ha tomado acciones en contra de varias aerolíneas por no contar con un teléfono de atención al cliente gratuito, o en el caso de tenerlo, por dificultar el acceso a un operador. Esta medida, según el Ministerio, representa un incumplimiento de las obligaciones legales en cuanto a servicios de atención al cliente.

En este sentido, la normativa establece que dicho teléfono debe ser accesible para todos los consumidores y debe ser gratuito, por lo que los números geográficos o de tarificación especial no son válidos. Los números que cumplen con estos requisitos son aquellos que comienzan con los prefijos 800 o 900, también conocidos como ‘servicios de cobro revertido automáticos’.

Es importante destacar que el transporte aéreo es considerado un servicio básico de interés general, lo que implica que las empresas de este sector están obligadas a contar con un teléfono gratuito. Esta normativa fue establecida durante la actual legislatura y se encuentra recogida en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

En cuanto a las consecuencias para estas infracciones, las sanciones pueden oscilar entre los 150 y 10.000 euros en el caso de ser consideradas leves, y entre 10.001 y 100.000 euros si son consideradas graves. Sin embargo, desde Consumo también señalan que si el beneficio ilícito obtenido por estas prácticas superara dichas cantidades, las sanciones podrían ser aún más elevadas.

Por otro lado, el Ministerio de Consumo anunció la semana pasada la apertura de un expediente a diversas aerolíneas de bajo coste por el cobro de sobrecostes en el equipaje de mano. Según Facua, cuatro de las compañías afectadas son Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea.

Con estas acciones, el Ministerio de Consumo busca garantizar los derechos de los consumidores y velar por un trato adecuado por parte de las aerolíneas, tanto en términos de atención al cliente como en el cobro de servicios adicionales.