Por MDO/E.P.
La huelga indefinida de médicos y facultativos de los centros de salud públicos madrileños para denunciar la temporalidad laboral en el Servicio Madrileño de Salud va a arrancar por último el día diez de mayo, un día siguiente del previsto en un inicio en la convocatoria de la Plataforma Médicos y FEA No Fijos de la capital española-MUD, SomosUrgencias SomosUNO y el sindicato de médicos Amyts. Conforme este último sindicato, el cambio en la data ha de ver con «la rigidez interpretativa de la ley por la parte de la Administración».
La resolución se ha tomado tras conocer este miércoles el informe de la Abogacía de la Comunidad de la capital de España sobre la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el uso público, conforme el que se concluye que la Consejería de Sanidad debe seguir con el proceso de las Ofertas Públicas de Empleo Estatal (OPE) en el Sermas.
Tras este informe de la Abogacía de la Comunidad, la Consejería de Sanidad trasladará al Ilustre Instituto Oficial de Médicos de la villa de Madrid (Icomem) que las plazas de facultativos ya publicadas en el Folleto Oficial regional (BOCM) no se pueden desconvocar «por el hecho de que eso significaría vulnerar la legislación nacional actual en esta materia».
Específicamente, los servicios jurídicos del Gobierno regional han razonado en su informe «la inviabilidad jurídica» de eliminar plazas de las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) «ya que, conforme la normativa estatal, estas deben continuar adelante».
Los médicos y facultativos de los centros de salud madrileños nos marchamos a la huelga indefinida el diez de mayo de dos mil veintidos. pic.twitter.com/IqQDOHQstJ
— HuelgaFacultativosMadrid (@huelgafacmad) May cuatro, dos mil veintidos
Con la huelga indefinida, los convocantes desean protestar así por la falta de contestación de la Consejería de Sanidad frente a la temporalidad en el Sermas. Entre otras muchas reivindicaciones, estos colectivos demandan la convocatoria por el sistema de concurso de méritos de todas y cada una de las plazas ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida de antemano a 1 de enero de dos mil dieciseis.
De esta forma, con carácter general, se incluirán en este proceso inusual y único, todas y cada una de las plazas con ocupación temporal precedentes al 1 de enero de dos mil dieciseis integradas en la actividad ordinaria y el normal funcionamiento de los servicios sanitarios de la Comunidad.
«Esto incluye a todos las clases de relación laboral temporal sin salvedad, asimismo las vinculadas a programas y a contratos de guardas, que se comprenden como actividad recurrente, ordinaria y precisa para el normal funcionamiento del servicio público sanitario», ha señalado.
Asimismo demandan otra serie de cuestiones dirigidas a reducir la temporalidad como la convocatoria de Oferta de Empleo Público al amparo de la tasa auxiliar que contempla la Ley 20/2021, la finalización de los procesos en marcha un concurso de traslado anterior a la continuación de nuevas oposiciones o la convocatoria de otras OPE.